CAFARA informa el traslado del Día del Empleado de Comercio al lunes 30 de septiembre de 2024
CAFARA comunica a sus socios y al público en general que, conforme a lo establecido en la Ley 26.541 y el CCT 130/75, el Día del Empleado de Comercio, tradicionalmente celebrado el 26 de septiembre, será trasladado este año al lunes 30 de septiembre de 2024.
Este acuerdo fue alcanzado entre las partes signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, con el objetivo de facilitar la organización de las actividades laborales y comerciales durante esa semana. Cabe destacar que este traslado no afecta la apertura de los comercios, siempre y cuando sean atendidos por sus propietarios o por empleados que acepten trabajar durante esa jornada.
El lunes 30 de septiembre, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales. En caso de optar por trabajar, recibirán una compensación equivalente al 100% de su salario habitual, ya que este día será asimilado a un feriado nacional, conforme a los términos de la Ley 26.541.
Si el empleado decide no trabajar ese día, su remuneración mensual no sufrirá cambios, y no se otorgará un día de descanso compensatorio. Es importante recordar que las normas vigentes establecen que no puede utilizarse este día como franco compensatorio del descanso semanal.
Finalmente, el criterio sobre la prestación de servicios laborales el 30 de septiembre queda a disposición de los empleadores y sus empleados, siempre respetando las disposiciones del CCT 130/75.
Para más detalles sobre el acuerdo oficial, pueden consultar el acta en el siguiente enlace: Acta del acuerdo.
Para cualquier consulta, pueden comunicarse con CAFARA a través de WhatsApp
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