Terminales POS a disposición del consumidor. “Resolución 87/2024”

CAFARA informa:

La Secretaría de Comercio, a través de la Resolución N° 87/2024 , estableció que todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación.

Las infracciones serán sancionadas con base en las penalidades previstas en el Artículo 47 de la Ley N° 24.240 y sus modificaciones.

Por último, la medida entrará en vigencia a partir del día de hoy con un plazo de adecuación de 180 días a efectos de que los proveedores adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la resolución.

BoraSgeua8819

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