Paritarias Empleados de Comercio 2025
Se pacto un incremento salarial de 5,1% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de diciembre de 2024, con más las sumas de carácter no remunerativo que se irán incorporando conforme escalas salariales.
La mencionada suba de 5,1% se abonará en su valor nominal y en tres tramos: 1,7% a partir de ene-25, 1,7% a partir de feb-25, y 1,7% a partir de mar-25.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de abril de 2025 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Cabe destacar que se acordo incorporar las sumas no remunerativas a los básicos de convenio de la siguiente forma: el incremento de ene-25 con los haberes de feb-25; el incremento de feb-25 con los haberes de mar-25; y, por último, el incremento de mar-25 con los haberes de abr-25.
Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
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