Se traslada el día del Empleado de Comercio al lunes 27 de setiembre
La conmemoración del Día del Empleado de Comercio, dispuesta para el día 26 de septiembre –conforme a la Ley 26.541–, este año será trasladada al 27 de septiembre, según fue acordado por las partes signatarias del CCT 130/75. En este marco se destaca que este festejo en nada afecta la apertura de los comercios cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada.
En el caso de establecimientos que decidan operar –y que convoquen a sus trabajadores para ello, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 27, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.
Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal.
Fuente
La nueva edición de Revista Ferreteros N°1097 presenta todas las novedades de ExpoFerretera 2025. Del…
CAFARA participará en ExpoFerretera 2025 con una completa agenda de capacitaciones orientadas al crecimiento y…
El 27 de septiembre se desarrolló en la sede de Feeba el Espacio CAFARA Bariloche,…
El 27 de septiembre a las 16 hs llega Espacio CAFARA en Bariloche, un encuentro…
Día del Empleado de Comercio 2025: traslado y condiciones de pago En 2025, la celebración…
CAFARA organiza en Bariloche una capacitación sobre organización del comercio y empresa familiar. Evento sin…